Auto Supremo AS/0664/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0664/2010

Fecha: 14-Dic-2010

Por lo que, sin necesidad de entrar a mayores consideraciones, siendo evidente la inexistencia de


Por lo que, sin necesidad de entrar a mayores consideraciones, siendo evidente la inexistencia de las contravenciones alegadas por la entidad recurrente, más al contrario, el Tribunal de Apelación, habiendo actuado en cumplimiento a la legalidad de dichas normas y del deber primordial del Estado de proteger los derechos de los trabajadores, conforme los principios de primacía de la realidad, de proteccionismo e inversión de la prueba que regulan la materia laboral, en pro del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, consagrado en los arts. 162º par. II de la C.P.E. de 1967, corresponde dar aplicación los arts. 271º inc. 2) y 273º del Cod. Proa. Civ., aplicables al caso de autos, por disposición de la norma remisiva contenida en el art. 252º del Cód. Proc. Trab