En grado de apelación deducida por Narciso Mamani Quinta (fs
En grado de apelación deducida por Narciso Mamani Quinta (fs. 44), la Sala Social Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció el Auto de Vista Nº 037/2008 SSA-II cursante a fs. 56, revocando la Resolución Administrativa Nº 539.07 de 20 de abril de 2007, cursante a fs. 36-37, dictada por la Comisión de Reclamación, disponiendo que el SENASIR proceda a la recalificación y compensación de cotizaciones de acuerdo a los fundamentos del fallo y sea conforme a derecho
- AUTO SUPREMO Nº 19 - Reclamación Sucre, 06 de febrero de 2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación del Servicio Nacional
- En grado de apelación deducida por Narciso Mamani Quinta (fs
- Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Agrega que el tribunal ad quem, no consideró que los alcances normativos de los arts
- En este sentido señala que el SENASIR, al haber certificado de conformidad a las planillas
- Concluye solicitando que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en resguardo de los
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis en función de los
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- Consiguientemente, corresponde resolver el recurso planteado conforme previenen los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas, en aplicación del art
- Para sorteo y resolución, conforme a la convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Sucre, 06 de febrero de 2010
- Proveído: Carlos Bernal Tupa.- Secretario de Cámara.
