Posteriormente la Comisión de Calificación de Rentas de la Dirección de Pensiones, mediante Resolución Nº
Posteriormente la Comisión de Calificación de Rentas de la Dirección de Pensiones, mediante Resolución Nº 016947 de 8 de noviembre de 2005 cursante a fs. 246 dispuso la regularización y rectificación de la fusión efectuada de las dos rentas de vejez, en aplicación del art. 1 de la R.D 024/001 de 28 de noviembre de 2000 y R.A Nº 019/01 de 18 de abril de 2001 donde se ordenó el pago mediante una sola boleta en el sector magisterio por el monto de Bs. 2.447,08, disponiendo asimismo proceder al descuento de Bs. 12.430,20 por lo indebidamente cobrado, debiendo descontarse dicha suma de la renta de vejez fusionada en el porcentaje del 20% mensual hasta cubrir el monto total adeudado
- AUTO SUPREMO Nº 58 - Reclamación Sucre, 04 de marzo de 2010
- CONSIDERANDO:Que la Comisión de Calificación de Rentas de la Dirección de Pensiones, mediante Resolución Nº
- Posteriormente la Comisión de Calificación de Rentas de la Dirección de Pensiones, mediante Resolución Nº
- Formulado el recurso de reclamación a fs
- Promovido el recurso de apelación por el demandante de fs
- Para concluir solicitó que este máximo tribunal case el Auto de Vista de fs
- CONSIDERANDO II:Que, así expuestos los fundamentos del recurso, en el marco de los hechos denunciados
- Por el contrario, el tribunal de apelación, cumpliendo con el mandato de los preceptos citados,
- En efecto, la ratio legis del art
- Este razonamiento, contrastado con las disposiciones del art
- Asimismo es importante tomar en cuenta lo establecido por el art
- En ese orden, este tribunal concluye que no son evidentes las lesiones denunciadas por el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas, en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 04 de marzo de 2010
- Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.
