Auto Supremo AS/0069/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0069/2010

Fecha: 31-Mar-2010

Asimismo, el recurso de casación tiene para su interposición un plazo perentorio y fatal señalado


Asimismo, el recurso de casación tiene para su interposición un plazo perentorio y fatal señalado en el art. 257 del Código de Procedimiento Civil, plazo que se computa desde la notificación con el Auto de Vista a las partes que corre de momento a momento como una de las excepciones a la norma procesal contenida en el art. 140 y transcurre ininterrumpidamente conforme establece el art. 141 del igual cuerpo legal