No siendo excusable la omisión en la que han incurrido, los vocales signatarios del auto
No siendo excusable la omisión en la que han incurrido, los vocales signatarios del auto de vista que conceden el recurso, se les impone una responsabilidad en multa de cien bolivianos a cada uno de ellos, descontables de sus haberes por habilitación a favor del Tesoro Judicial
- CONSIDERANDO: Que, revisado minuciosamente el expediente y antes de analizar el recurso interpuesto, se evidencia
- CONSIDERANDO: Que, analizados los antecedentes relacionados al anterior considerando, se concluye que materialmente es improcedente
- Asimismo, el recurso de casación tiene para su interposición un plazo perentorio y fatal señalado
- CONSIDERANDO: Que, el recurso cursante de fs
- Consiguientemente el recurso no tiene la capacidad de abrir la competencia del Tribunal de Casación,
- Que, el inc
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- No siendo excusable la omisión en la que han incurrido, los vocales signatarios del auto
- Regístrese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 1/2010
