Auto Supremo AS/0071/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0071/2010

Fecha: 22-Mar-2010

1


CONSIDERANDO II: Que cumpliendo lo resuelto por el indicado Auto Nº 289/09, que exigió una resolución debidamente fundamentada, se resuelve nuevamente el referido recurso, conforme a los siguientes fundamentos:

1.- Revisando detenidamente los antecedentes y especialmente el texto del memorial del recurso de casación objeto de análisis, se concluye que debió ser declarado improcedente, por las siguientes razones jurídicas:

a) El recurso no cumple a cabalidad la técnica procesal exigida por el art. 258 inc. 2) del Cód. Pdto. Civ., porque fundamentó que recurre de casación en el fondo y en la forma, mientras que en el texto del indicado memorial, sólo alegó la casación en el fondo refiriendo desordenadamente y con numeración imprecisa entre los puntos que cita, que se habría incurrido en "equivocada interpretación de los arts. 41, 52 y 307 del Cód. Trib.", afirmación que no es precisa, porque el art. 253 inc. 1) del Cód. Pdto. Civ., instituye como causales de casación en el fondo, la "interpretación errónea", la "aplicación indebida" y la "violación" de normas