Auto Supremo AS/0071/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0071/2010

Fecha: 22-Mar-2010

En el punto 1


En el punto 1.2, alega que el tribunal de alzada confundió la forma de computar el plazo de la prescripción, porque según instituye el art. 53 del Cód. Trib., éste se computa desde el primero de enero del año siguiente al hecho generador de la obligación tributaria y no así de los actuados de la administración tributaria