Auto Supremo AS/0074/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0074/2010

Fecha: 31-Mar-2010

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4.- Consiguientemente, nos encontramos ante dos situaciones -acción reivindicatoria y demanda de nulidad de venta- que si bien tienen un vínculo común, empero persiguen cuestiones distintas y que, por las fechas en que sucedieron, corresponden ser resueltas a través de la aplicación de cuerpos jurídicos diferentes conforme se tiene explicado supra, así, la nulidad de venta deberá ser tramitada y resuelta en base a las normas del antiguo Código Civil, en tanto que la acción reivindicatoria, corresponderá ser resuelta a través de la aplicación de los cuerpos legales civiles -sustantivo y adjetivo- en actual vigencia, criterios que no fueron debidamente distinguidos y analizados por los juzgadores de instancia en la tramitación de la causa y que corresponden ser subsanados por este tribunal con la finalidad de una correcta administración de justicia