Auto Supremo AS/0074/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0074/2010

Fecha: 31-Mar-2010

CONSIDERANDO I: Que, en la sustanciación del referido proceso ordinario, el 4 de noviembre de


VISTOS: El recurso de nulidad o cesación presentado por Gerardo Ureña Saavedra de fs. 217 a 220, contra el Auto de Vista de 6 de febrero de 2005 (lo correcto es 2006), cursante de fs. 215 a 216 de obrados, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso ordinario sobre reivindicación y nulidad parcial de documento de venta seguido por Guillermina Saavedra Vda. de Galarza contra el recurrente, la concesión del mismo, los antecedentes procesales y

CONSIDERANDO I: Que, en la sustanciación del referido proceso ordinario, el 4 de noviembre de 2003 el Juez de Partido en lo Civil de la localidad de Quillacollo, emitió la Sentencia cursante de fs. 167 a 171, declarando probada en parte la demanda de fs. 37 a 38 y vlta. y las excepciones perentorias formuladas contra la reconvención de fs. 69 a 70, improbada la reconvención de fs. 63 y vlta., probada en parte las excepciones perentorias opuestas contra la demanda, ordenando que Gerardo Ureña Saavedra y Liboria Cadima de Ureña reivindiquen o restituyan a favor de Guillermina Saavedra Vda. de Galarza -heredera de Ascencio Saavedra- los terrenos que constituían el canal de riego "Central" de la represa La Angostura en un ancho de 25 metros, resarciendo los daños, causados, bajo conminatoria de desapoderamiento