Auto Supremo AS/0085/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0085/2010

Fecha: 24-Mar-2010

CONSIDERANDO II: Que así planteados los recursos extraordinarios, ingresando a su análisis contrastando con los


CONSIDERANDO II: Que así planteados los recursos extraordinarios, ingresando a su análisis contrastando con los antecedentes del proceso, se tiene lo siguiente:

1. En lo que concierne al recurso de casación en el fondo de fs. 89-90 vta., presentado por Aydée Nava Andrade, Alcaldesa Municipal de Sucre, se observa que éste acusa la incorrecta e indebida aplicación de la norma social referente a la reincorporación, vacación y subsidios reclamados, empero, pretende respaldar esta afirmación reproduciendo una inexistente cita, dice, en: "El auto de vista en el punto tercero de su último considerando,...", además de otras circunstancias intrascendentes que no merecen mayor tratamiento, por lo que considera que la demandante no está sujeta a los alcances de la L.G.T.; a más de referirse al desconocimiento de la empleadora sobre el estado de gravidez de la actora, lo que "[...] se debió a la desidia de la recurrida,...", refiriendo sobre el particular que "[...] los diferentes tribunales de justicia que han emitido sentencias en diversos procesos laborales como en sentencias constitucionales,... (que ante la incomunicación oportuna al empleador del estado de embarazo de la trabajadora) este derecho caduca y prescribe por inercia en el beneficiario." (sic); entendiendo así que no se habría valorado debidamente el art. 68 del Reglamento del C.S.S. y el D.S. Nº 5315 de 30 de septiembre de 1959