Auto Supremo AS/0085/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0085/2010

Fecha: 24-Mar-2010

Sobre este último aspecto, corresponde expresar que para la viabilidad de la primera norma citada,


Sobre este último aspecto, corresponde expresar que para la viabilidad de la primera norma citada, la parte patronal debe afiliar indefectiblemente a la trabajadora beneficiaria del seguro de maternidad, tal como dispone el art. 9º del Reglamento del C.S.S., de donde emergerán las demás consecuencias reguladas por dicha normativa, hecho que no ha acontecido en el caso en examen