Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0097/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0097/2010

    Fecha: 26-Mar-2010

    En grado de apelación deducido por el interesado (fs


    En grado de apelación deducido por el interesado (fs. 60-61), la Sala Social Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció el Auto de Vista Nº 163/2008 SSA-II de 20 de agosto de 2008, cursante a fs. 70, confirmando la Resolución de la Comisión de reclamación Nº 1436.06 de 1º de septiembre de 2006, cursante a fs. 50-51 de obrados
    • AUTO SUPREMO Nº 97 - Reclamación Sucre, 26 de marzo de 2010
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación, emitió la Resolución
    • En grado de apelación deducido por el interesado (fs
    • Este fallo motivó el recurso de casación (fs
    • Arguye también que la solicitud de pago de la renta debe hacerse efectivo a partir
    • Finalmente aduce que en materia de seguridad social rige la informalidad a diferencia de los
    • CONSIDERANDO II: Así expuesto el recurso, con base a los antecedentes del proceso se tiene
    • 2
    • 3
    • 4
    • 5
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Sin costas, en aplicación del art
    • Para resolución según convocatoria de fs
    • Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
    • Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca