Finalmente, mal podría atribuírseles el cargo de apropiación o disposición arbitraria de bienes patrimoniales del
Finalmente, mal podría atribuírseles el cargo de apropiación o disposición arbitraria de bienes patrimoniales del Estado a los coactivados, quienes han desvirtuado los cargos girados en su contra en forma solidaria, según Nota de Cargo Nº 128/02 de fecha 18/6/2002, por lo que esta Corte considera que el Tribunal de Apelación al emitir el A.V. recurrido no ha conculcado, ni vulnerado normativa legal alguna
- AUTO SUPREMO Nº 126 - Coactivo Fiscal Sucre, 09 de abril de 2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de Sucre,
- Posteriormente, en grado de apelación, a instancia de la entidad recurrente, cursante de fs
- Es así que, dicho fallo motivó el Recurso de Casación de fecha 9/9/2005, cursante de
- Los coactivados hacen referencia a la autonomía de la cual goza la Municipalidad de Sucre,
- Por lo que, la gradación jerárquica establecida en nuestro país, determina que las leyes deben
- Concluyen expresando que la finalidad de las vacaciones no constituye percibir un salario, sino única
- Consecuentemente, interponen RECURSO DE CASACIÓN EN EL FONDO, solicitando a este Tribunal se pronuncie CASANDO
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis y previo a expedir
- A tales efectos, así planteado el recurso, ingresando a su análisis y previo a expedir
- Por su parte, respecto a la vacación, el art
- Cabe referirnos además al art
- Ahora bien, de la revisión de los antecedentes, se advierte que el coactivado SIMÓN TONELLI
- En razón a ello se tiene que el coactivado cumplió con las formalidades requeridas para
- Posteriormente, amparados en dicha previsión normativa y a la presunción de legalidad de la misma
- Consecuentemente, toda vez que el empleador le negó su derecho a usar de su vacación,
- Es así que, este Tribunal de Casación, considera que si bien es cierto que la
- Finalmente, mal podría atribuírseles el cargo de apropiación o disposición arbitraria de bienes patrimoniales del
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 09 de abril de 2010
- Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.
