Auto Supremo AS/0126/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0126/2010

Fecha: 09-Abr-2010

Por su parte, respecto a la vacación, el art


Por su parte, respecto a la vacación, el art. 33º del Reglamento Interno de la H. Alcaldía Municipal de Sucre -aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 159/94 de fecha 19/8/1994- expresa que: "Los servidores tendrán derecho al uso de la vacación anual remunerada, siendo éste un derecho irrenunciable y cuyo ejercicio es obligatorio. No es susceptible de compensación económica alguna, salvo los casos especialmente señalados por Ley y/o cuando la H.A.M. requiera urgentemente del servidor"