Auto Supremo AS/0150/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0150/2010

Fecha: 16-Abr-2010

así como la complementación de la misma cursante de fs


así como la complementación de la misma cursante de fs. 6, en relación con el finiquito de fs. 1, se puede apreciar que el auto de vista recurrido en contraposición a lo manifestado por el recurrente, en ninguno de sus considerandos presenta contradicciones en su argumentación, en el entendido que el tribunal ad quen al resolver el recurso de apelación no ha vulnerado la norma acusada de infringida puesto que éste se ha respetado uno de los principios generales de la norma procesal laboral cual es la libre valoración de la prueba por parte del juez a quo, art. 158 del Cód. Proc. Trab., que al evaluar la prueba documental contradictoria ha tomado en cuenta para el análisis de los hechos, resultando inatendible en casación, porque la valoración de la prueba es incensurable en casación salvo errores de hecho o de derecho en los de instancia, que no es del caso, por cuanto no son ciertas las infracciones acusadas como tales en el recurso de casación en el fondo, menos se ha vulnerado de forma alguna el principio del debido proceso y el derecho a la defensa, puesto que el deber de examinar la prueba como una unidad va implícito en las garantías de la defensa en juicio y el debido proceso