En grado de apelación el Auto de Vista Nro
En grado de apelación el Auto de Vista Nro. 053/2006 de 20 de febrero de 2006, cursante a fs. 114-115, confirma en todas sus partes la sentencia recurrida de fs 84-87 de obrados, con costas en ambas instancias, resolución de segunda instancia que motivó el recurso de casación en la el fondo y la forma de fs. 122 a 124 vta., en el que la representante de la empresa demandada acusa que se han conculcado sus derechos al infringirse en el presente proceso los Arts. 15 de la Ley de Organización Judicial, Arts. 159, 162, 202 inc. a) del Cód. Proc. Trab. con relación a los arts. 16 incs. a) y c) de la Ley General del Trabajo, 1311 Párrafo 1 del Cód. Civil, 16 -I- y IV de la CPE
- AUTO SUPREMO Nº 150 - Social Sucre, 16 de abril de 2010
- PARTES: Iván Boris Chávez Venegas c/ Empresa Cablebol S.A
- CONSIDERANDO I: Que interpuesta la demanda de pago de beneficios sociales, vacación, aguinaldo, salarios devengados
- En grado de apelación el Auto de Vista Nro
- En el recurso de casación en el fondo la recurrente acusa que en la apreciación
- Continuando con los argumentos del recurso de casación en la forma, el recurrente sostiene haberse
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso interpuesto, analizando los antecedentes referidos, se tiene lo
- Hechas las anteriores consideraciones, pese a existir estas confusiones en la proposición misma del recurso,
- Sobre el recurso de casación en el fondo
- Ingresando en el análisis concreto de los hechos invocados por el recurrente, se tiene que
- así como la complementación de la misma cursante de fs
- Cabe destacar que, el error de derecho consiste en atribuir a una prueba legal un
- Sobre el recurso de casación en la forma
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.
