Auto Supremo AS/0249/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0249/2010

Fecha: 04-Jun-2010

Quedando claro que la norma especial es de preferente aplicación frente a la norma general,


Quedando claro que la norma especial es de preferente aplicación frente a la norma general, en la especie, el plazo para la presentación del Recurso de Casación debe ser computado desde el momento de la notificación con el Auto de Vista que se pretende impugnar; es decir, que el cómputo se inicia desde el momento de la notificación y culmina en la hora similar del día en que se cumplen los concedidos como plazo, lo que significa que en el caso de análisis, al haber sido notificado el FNDR el día 17 de marzo de 2010 a horas 11 y 30, su plazo fatal vencía el día 25 de marzo a horas 11 y 30, y no como erróneamente pretende el compulsante, el último momento hábil del día respectivo, no siendo aplicable al caso de análisis el art. 142 del Código de Procedimiento Civil por el fundamento expresado en la presente resolución