Auto Supremo AS/0299/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0299/2010

Fecha: 16-Jun-2010

Respecto a las transferencias a título gratuito, el art


Respecto a las transferencias a título gratuito, el art. 8 del DS. 21530 de 27 de febrero de 1987 señala: "Si un contribuyente inscrito destinase bienes, obras, locaciones o prestaciones gravadas para donaciones o entregas a título gratuito, dado que estas operaciones no ocasionan débito fiscal, el contribuyente deberá reintegrar en el período fiscal en que tal hecho ocurra, los créditos fiscales que hubiese computado por los bienes, servicios, locaciones o prestaciones, empleados en la obtención de los bienes, obras, locaciones o prestaciones donadas o cedidas a título gratuito"