Auto Supremo AS/0299/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0299/2010

Fecha: 16-Jun-2010

Violación del art


Violación del art. 113 y siguientes de la 1340, por haberse calificado la conducta como evasión y no como defraudación conforme al art. 98 del Código Tributario Luego indica que la Administración ha dado cabal cumplimiento a las disposiciones tributarias demostrando que la empresa demandante tiene como actividad principal la importación y comercialización de medicamentos en el territorio nacional y que la distribución de las muestras médicas se encuentran gravadas con el IT e IVA, que en el caso de autos corresponde a los reparos de los períodos 11/87 al 11/90 (IVA) y 04/87 al 12/90 (IT), por ello, las normas aplicadas al ser posteriores, no pueden ser aplicadas en forma retroactiva