Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0340/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0340/2010

    Fecha: 02-Ago-2010

    Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.


    Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.
    • AUTO SUPREMO Nº 340 Social Sucre, 02 de agosto de 2010
    • PARTES: Rafael Almendras Cordero c/ C.E.D.E.C
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación formulada por la parte demandada (fs
    • Que contra la resolución de vista, Justo Antezana Terrazas, en representación del Centro de Estudios
    • Concluye solicitando en forma incongruente la concesión del recurso para que la Corte Suprema de
    • CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso ingresando a su análisis se tiene
    • Que el art
    • Que analizados los fundamentos del fallo de alzada en relación a las argumentaciones vertidas por
    • Que asimismo no incumbe al trabajador, los convenios que su empleador la CEDEC, suscriba con
    • Que en el marco de tales antecedentes se concluye que no son evidentes las infracciones
    • Consiguientemente, corresponde resolver el recurso en la forma prevista en los arts
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
    • Sucre, 02 de agosto de 2010
    • Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca