Auto Supremo AS/0340/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0340/2010

Fecha: 02-Ago-2010

Que en el marco de tales antecedentes se concluye que no son evidentes las infracciones


Que en el marco de tales antecedentes se concluye que no son evidentes las infracciones acusadas, ajustándose el fallo de alzada a la previsión de los arts. 162 de la C.P.E., y 4º de la L.G.T., que consagran la irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores, siendo nulas las convenciones en contrario, como el pretendido contrato de "consultoría" aludido por el demandado, que en los hechos, lo que quiere es cubrir la existencia de una típica relación laboral sujeta a salario que se caracterizada por la subordinación y dependencia del actor, y en tal carácter acreedor al salario devengado y al pago doble de las duodécimas de aguinaldo, como correctamente apreciaron los jueces de grado con la facultad que les reconoce el art. 158 del Cód. Proc. Trab