Auto Supremo AS/0328/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0328/2010

Fecha: 20-Sep-2010

Esta determinación, motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el representante de


Esta determinación, motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el representante de la entidad coactivante Alfredo Dimas Gutiérrez Toro (fs. 1211-1213), en el que alegó que el tribunal de apelación, realizó una errónea interpretación del art. 19 inc. 19) de la L.O.M., y lo previsto por los arts. 16, 17, 18, 19 y 62 del Reglamento Interno de Funcionamiento y de Debates del H. Concejo Municipal aprobado por Resolución Nº 184/94 B de 24 de diciembre de 1994, que norman las atribuciones de la Directiva del H. Concejo Municipal, Presidente, Vicepresidente y Concejal Secretario, en cuyo cumplimiento, los gastos de representación estarían únicamente justificados para el Vicepresidente, cuando reemplaza al Presidente en su ausencia, con las mismas atribuciones de aquel, conforme prevé el art. 18 del citado reglamento, por lo que no pueden perfeccionarse las asignaciones a favor de los mencionados directivos (Vicepresidente y Secretario), implicando con ello que se ha vulnerado los arts. 38 de la L.O.M. y 42 del D.S. Nº 21364 de 13 de agosto de 1986, cuya vigencia fue prorrogada por el D.S. Nº 21781 de 3 de diciembre de 1987