Por otra parte, tanto la restricción instituida, como el procedimiento que establece el segundo párrafo
Por otra parte, tanto la restricción instituida, como el procedimiento que establece el segundo párrafo de la mencionada norma, para otorgar los gastos de representación a favor de otros funcionarios, se refiere solo a personal dependiente del Poder Ejecutivo, pues el derecho al reconocimiento de los gastos de representación para los otros órganos y entidades, se emiten mediante otro procedimiento y previa emisión de una resolución, llámese Resolución Camaral, Resolución de Sala Plena, Resolución Municipal, etc., debiendo cumplir dicha normativa, el procedimiento referido a contar con el certificado de disponibilidad de recursos, previa inclusión en el presupuesto correspondiente y conforme establecen las Normas Básicas de Elaboración de Presupuestos del Sector Público, como las Normas Básicas del Sistema de Presupuesto, establecidos por la R.M. Nº 704/89 de 22 de junio de 1989 y R.S. Nº 217095 de 4 de julio de 1997, según corresponda, de acuerdo a su ámbito temporal de aplicación
- PARTES: Honorable Alcaldía Municipal de Sucre c/ Oscar Villa Trigo y otros
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso, sobre la base de los informes de auditoria especial
- En apelación deducida por los coactivados Ruth Sensano Urdininea, Ever Romero Ibáñez, Fidel Herrera Ressini,
- Esta determinación, motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el representante de
- Alega que se incurrió al mismo tiempo en violación del principio de la seguridad jurídica,
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, se pasa a resolver sus fundamentos, de cuya
- En ese entendido, se advierte que el citado art
- Por otra parte, tanto la restricción instituida, como el procedimiento que establece el segundo párrafo
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- En el mismo sentido se emitieron por este tribunal los A
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas, en aplicación a lo previsto por el art
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
