Asimismo la Sentencia Constitucional Nº 0079/2004 de 29 de septiembre complementaria de la 0101/2004 referida,
Asimismo la Sentencia Constitucional Nº 0079/2004 de 29 de septiembre complementaria de la 0101/2004 referida, en cuanto al derecho que tiene el imputado a la conclusión del proceso dentro de los plazos señalados en el Código de Procedimiento Penal, establece que no habrá lesión a tal derecho: "cuando a consecuencia del uso de los distintos medios de defensa, el imputado por un exceso de previsión provoca la dilación del proceso, quien -dada la capacidad de previsión inherente a todo ser humano- asume las consecuencias de sus actos; no correspondiendo, en tal circunstancia, la extinción de la acción penal"
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- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 3/2010
