CONSIDERANDO: El Requerimiento del Ministerio Público (fojas 20576-20580) de octubre de 2009, por el que
Alzamientos armados contra la seguridad y soberanía del Estado (Declara No ha lugar a la Extinción y Prescripción de la Acción Penal)
VISTOS: Los Recursos de Casación y Nulidad formulados por César Altamirano Lavadenz (fs. 20248-20250 y vlta.), Rogelio Gómez Espinoza (fs. 20253-20255 y vlta.), Gerardo Gianni Prado Herrera (fs. 20314-20323), quienes en su petitorio solicitan la extinción de la acción por duración máxima del proceso y Felipe Froilán Molina Bustamante (fs. 20267-20278) pide la prescripción de la acción, siendo éstas cuestiones de previo y especial pronunciamiento, deben resolverse antes de la cuestión principal; sus antecedentes; y,
CONSIDERANDO: El Requerimiento del Ministerio Público (fojas 20576-20580) de octubre de 2009, por el que de oficio pide declarar no haber lugar a la extinción de la acción penal para ninguno de los procesados y se disponga la prosecución de la causa penal hasta su culminación
- PARTES: Ministerio Público c/ César Altamirano Lavadenz y Otros
- CONSIDERANDO: El Requerimiento del Ministerio Público (fojas 20576-20580) de octubre de 2009, por el que
- CONSIDERANDO: Que la Sentencia Constitucional Nº 0101/2004 de 14 de septiembre de 2004 declara la
- Que en la referida Sentencia Constitucional se precisan las sub reglas que deben ser consideradas
- Asimismo la Sentencia Constitucional Nº 0079/2004 de 29 de septiembre complementaria de la 0101/2004 referida,
- Que la ley ha previsto la extinción de la acción penal como sanción a la
- Que de la revisión exhaustiva de los antecedentes procesales, se hace necesario analizar que en
- De la revisión de antecedentes se evidencia que la no conclusión del proceso en el
- Que, conforme a la doctrina legal aplicable establecida por el Auto Supremo Nº 222 de
- Que al margen de lo expuesto, es necesario considerar que la Corte Interamericana de los
- De modo que se debe restar valor a las disposiciones de prescripción tratándose de violaciones
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 3/2010
