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    Auto Supremo AS/0092/2011
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0092/2011

    Fecha: 21-Mar-2011

    Distrito: La Paz


    Partes: Alejandro Calderón Blanco c/ Hilda Blanco Vda. de Calderón

    Distrito: La Paz
    • Auto Supremo: Nº 92 Sucre: 21 de Marzo de 2011
    • Expediente: Nº 217 - 06 - S
    • Distrito: La Paz
    • Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
    • VISTOS: El recurso de casación de fojas 214 a 217, planteado por Alejandro Calderón Blanco,
    • En grado de apelación, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial
    • Que, contra el fallo de segunda instancia, los demandantes Alejandro Calderón Blanco, Alcira Silvia Calderón
    • CONSIDERANDO:Que, el artículo 15 de la Ley de Organización Judicial, otorga al Tribunal Supremo la
    • En función a esta facultad fiscalizadora, se ingresa al análisis de los antecedentes procesales y
    • Por otra parte, en cuanto al argumento del Tribunal Ad quem de anular obrados por
    • Finalmente, el Tribunal Ad quem al disponer la nulidad de obrados con el argumento de
    • Por otra parte, la ausencia de notificación con la apelación formulada por las codemandadas Wilma
    • De lo expuesto se desprende que el Tribunal Ad quem, al anular obrados hasta que
    • Que, el actuar del Tribunal Superior se aparta de los principios que rigen en materia
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Libro Tomas de Razón 1/2010

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