Denunció también la incorrecta interpretación de los arts
Denunció también la incorrecta interpretación de los arts. 16 inc. a) de la L.G.T. y 9 inc. a) de su D.R., puesto que el ad quem, en el segundo considerando del auto de vista recurrido, reconoce que existió daño y perjuicio al recurrente, pero que no se ha demostrado que hubo intencionalidad del operador para producir daño, es decir que dicho daño no ha sido deliberado, sin embargo para que opere el despido justificado por perjuicio material establecido en las normas citadas, no es requisito para su procedencia que el trabajador haya actuado con dolo, o sea, intencionalmente, sino también puede producirse por culpa, es decir, sin intención, por descuido o negligencia
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación interpuesta por el propietario de la empresa demandada (fs
- Dicho fallo motivó el recuro de casación en la forma y el fondo formulado por
- En el fondo denunció que el tribunal de apelación al emitir su fallo, incurrió en
- Denunció también la incorrecta interpretación de los arts
- Concluyó solicitando que el tribunal supremo anule obrados hasta fs
- Resolviendo el recurso de casación en la forma
- Si bien es cierto el art
- En el caso presente, se advierte que a fs
- En el fondo
- Acerca de la incorrecta interpretación de los arts
- Sobre este punto, si bien es cierto a fs
- Por lo expuesto, al no haberse violado las normas legales invocas en el recurso corresponde
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Esteban Miranda Terán
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
