Libro Tomas de Razón 1/2010
Fdo. Teófilo Tarquino Mújica
Fdo. Ángel Irusta Pérez
Proveído.- Amelia J. Mújica Santalla. Secretaria de Cámara de la Sala Civil
Libro Tomas de Razón 1/2010
- Auto Supremo: Nº 153. Sucre: 20 de Abril de 2011
- Expediente: Nº 73 - 06 - S
- Distrito: Cochabamba
- Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS:El recurso de casación de fojas 293 a 294, interpuesto por Hortencia Evangelina Paredes Vargas
- Apelada la Sentencia por la representante de la empresa demandante Hortencia Evangelina Paredes Vargas, la
- Esta resolución de vista, dio lugar al planteamiento del recurso de casación en la forma
- CONSIDERANDO: Que, es deber del Tribunal Supremo fiscalizar intra proceso, si los tribunales inferiores observaron
- Que, en función de esta facultad fiscalizadora, corresponde realizar una revisión de los obrados, partiendo
- Que, el demandado Julio García Andrade, una vez citado, en el otrosí del memorial de
- Bajo este precedente, es evidente que la demanda reconvencional contiene defectos de forma, que concluyen
- Bajo este razonamiento, correspondía al Juez de primera instancia aplicando lo previsto en el artículo
- Por consiguiente, al no haber sido observada de oficio la demanda reconvencional de fojas 22
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Con responsabilidad y multa que se fija en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 1/2010
