Que, en función de esta facultad fiscalizadora, corresponde realizar una revisión de los obrados, partiendo
Que, en función de esta facultad fiscalizadora, corresponde realizar una revisión de los obrados, partiendo de los siguientes actuados:
La demanda de fojas 10 y vuelta, ha sido planteada por Hortencia Evangelina Paredes Vargas, en su calidad de representante legal del Aserradero "Atlas" Colcapirhua, en virtud al testimonio de poder notarial Nº 221/1999, otorgado por Marina Vargas Espinoza, como propietaria unipersonal de dicho Aserradero, teniendo como pretensión principal la resolución del contrato de 11 de marzo de 1998 por incumplimiento de su cláusula segunda, mediante la cual el demandado Julio García Andrade, adquiere un compromiso de entregar en calidad de venta 50 camionadas de troncas a favor del Aserradero "Atlas" Colcapirhua, demanda que es admitida y corrida en traslado por decreto de fojas 11
- Auto Supremo: Nº 153. Sucre: 20 de Abril de 2011
- Expediente: Nº 73 - 06 - S
- Distrito: Cochabamba
- Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS:El recurso de casación de fojas 293 a 294, interpuesto por Hortencia Evangelina Paredes Vargas
- Apelada la Sentencia por la representante de la empresa demandante Hortencia Evangelina Paredes Vargas, la
- Esta resolución de vista, dio lugar al planteamiento del recurso de casación en la forma
- CONSIDERANDO: Que, es deber del Tribunal Supremo fiscalizar intra proceso, si los tribunales inferiores observaron
- Que, en función de esta facultad fiscalizadora, corresponde realizar una revisión de los obrados, partiendo
- Que, el demandado Julio García Andrade, una vez citado, en el otrosí del memorial de
- Bajo este precedente, es evidente que la demanda reconvencional contiene defectos de forma, que concluyen
- Bajo este razonamiento, correspondía al Juez de primera instancia aplicando lo previsto en el artículo
- Por consiguiente, al no haber sido observada de oficio la demanda reconvencional de fojas 22
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Con responsabilidad y multa que se fija en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 1/2010
