Auto Supremo AS/0170/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0170/2011

Fecha: 06-Jun-2011

Pero no es menos cierto que por la documental ofrecida por la parte demandada en


Pero no es menos cierto que por la documental ofrecida por la parte demandada en calidad de descargo de fs. 35 se acredita que en fecha 24 de marzo de 2006, la empresa PROMAD S.A. se subrogó la obligación de Foresta SRL en relación al señor Eloy Ramírez Chuquimia, situación que hace viable lo previsto por el art. 11 y 4 de la LGT