Auto Supremo AS/0334/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0334/2011

Fecha: 10-Jun-2011

CONSIDERANDO: Que del análisis de los hechos señalados precedentemente se tiene las siguientes consideraciones de


CONSIDERANDO: Que del análisis de los hechos señalados precedentemente se tiene las siguientes consideraciones de derecho:

Que el art. 173 del Código de Procedimiento Penal establece que el Juez o Tribunal asignará el valor correspondiente a cada uno de los elementos de prueba, con aplicación de las reglas de la sana crítica, justificando y fundamentando adecuadamente las razones por las cuales les otorga determinado valor, en base a la apreciación conjunta y armónica de toda la prueba esencial producida. En relación con el art. 398 del mismo cuerpo legal que establece que los tribunales de alzada circunscribirán sus resoluciones a los aspectos cuestionados de la resolución