Auto Supremo AS/0212/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2011

Fecha: 05-Jul-2011

En suma el recurrente no señala con claridad cuáles serían las causales de casación en


En suma el recurrente no señala con claridad cuáles serían las causales de casación en el fondo; las cuales deben fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, debiendo identificarlas por separado conforme a las causales insertas en la norma prevista por el art. 253 del Cód. Pdto. Civ.; situación que demuestra la impericia del recurrente a tiempo de la interposición del recurso, evidenciándose deficiencia en su interposición, porque no precisa de qué manera se hubiera incurrido en violación, aplicación indebida, interpretación errónea de la ley, la existencia de disposiciones contradictorias, menos alega ni demuestra error de hecho o de derecho