Auto Supremo AS/0212/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2011

Fecha: 05-Jul-2011

Que, revisado el contenido del recurso de fs


Que, revisado el contenido del recurso de fs. 653-654, y los antecedentes del proceso, se tienen las siguientes conclusiones:

Resulta imperativo recordar que de conformidad a la competencia legal otorgada al tribunal de apelación de acuerdo al artículo 262 numeral 2 del Cód. de Proc. Civ, éste se encuentra obligado a negar la concesión del Recurso de Casación y declarar ejecutoriada la sentencia o auto recurrido, entre otros; cuando el recurrente pudo haber accionado recurso de apelación y no se hubiere hecho uso de este recurso ordinario