CONSIDERANDO I: Que la Comisión de Calificación de Rentas de la Dirección de Pensiones, mediante
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 136-139, interpuesto por Diego Alejandro Mark Baldivieso, en representación legal del Servicio Nacional del Sistema de Reparto - SENASIR - contra el Auto de Vista Nº 308//10 de 20 de diciembre de 2010, cursante a fs. 128, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de reclamación por renta única básica de vejez con reducción de edad que sigue Macedonio Lecoña Marca contra el SENASIR, la contestación al recurso fs. 145-146., los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que la Comisión de Calificación de Rentas de la Dirección de Pensiones, mediante Resolución Nº 09851 de 25 de noviembre de 2003 (fs. 31-32) resolvió desestimar la solicitud de renta única de vejez con reducción de edad interpuesta por Macedonio Lecoña Marca en virtud a las razones expuestas en la parte considerativa de la citada resolución, relativa a que de la revisión y análisis de la documentación presentada, se advierte que la filiación personal presentada fue modificada con posterioridad a la fecha de corte 30 de abril de 1997, determinándose que su fecha de nacimiento es el 20 de diciembre de 1947, es decir, no contar con la edad requerida para acogerse a una renta de vejez
- PARTES: Macedonio Lecoña Marca c/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto - SENASIR
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que la Comisión de Calificación de Rentas de la Dirección de Pensiones, mediante
- Formulado el recurso de reclamación por el asegurado (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por parte de la
- Que el asegurado al contar con dos partidas de nacimiento una del año 1947 y
- Concluye solicitando se case el auto de vista recurrido
- CONSIDERANDO II: Que del examen de los antecedentes procesales, con relación al recurso de casación
- Si bien y posteriormente por la Resolución Nº 172/07 de fs
- El Decreto Supremo Nº 28589 data de fecha 17 de enero de 2006 y evidentemente
- Por otro lado la S
- Que por lo analizado, se establece que el recurso de casación en el fondo carece
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Beatriz Sandoval de Capobianco
- ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
