Que el asegurado al contar con dos partidas de nacimiento una del año 1947 y
Que el asegurado al contar con dos partidas de nacimiento una del año 1947 y la otra de 1942, realizó trámite de cancelación de partida Nº 13 que le asigna como fecha de nacimiento 20 de diciembre de 1.947, pero por resolución Nº 172/07 de 8 de junio de 2007 se cancela la partida Nº 29 que asigna la fecha de 20 de diciembre de 1942 y mantiene subsistente la partida Nº 13 de 1947
- PARTES: Macedonio Lecoña Marca c/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto - SENASIR
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que la Comisión de Calificación de Rentas de la Dirección de Pensiones, mediante
- Formulado el recurso de reclamación por el asegurado (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por parte de la
- Que el asegurado al contar con dos partidas de nacimiento una del año 1947 y
- Concluye solicitando se case el auto de vista recurrido
- CONSIDERANDO II: Que del examen de los antecedentes procesales, con relación al recurso de casación
- Si bien y posteriormente por la Resolución Nº 172/07 de fs
- El Decreto Supremo Nº 28589 data de fecha 17 de enero de 2006 y evidentemente
- Por otro lado la S
- Que por lo analizado, se establece que el recurso de casación en el fondo carece
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Beatriz Sandoval de Capobianco
- ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
