Auto Supremo AS/0223/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0223/2011

Fecha: 06-Jul-2011

Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por parte de la


Promovido el recurso de apelación por el demandante (fs. 97) la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció el Auto de Vista Nº 308/10 de 20 de diciembre de 2010, cursante a fs. 128, por el que REVOCA la resolución emitida por la Comisión de Reclamación Nº 0198/08 de 9 de mayo de 2008, cursante a fs. 84-86 y deliberando en el fondo dispuso el reconocimiento de la Renta Única de Vejez con reducción de edad a favor del interesado en Bs. 790,76.- mas incrementos de ley, a ser contabilizada en su pago a partir de enero de 2002

Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por parte de la entidad demandada a fs. 136-139 y conforme a los fundamentos que expone en dicho memorial, en sus partes sobresalientes acusa transgresión del art. 2 del D.S. Nº 28589 de 17 de enero de 2006, del art. 2 de la Resolución Ministerial Nº 266 de 25 de mayo de 2005 y de la Sentencia Constitucional Nº 0058/2004 de 24 de junio de 2004, bajo el siguiente argumento:

Error de derecho con relación a la apreciación de la Resolución 172/07 de 8 de junio de 2007 (fs. 59-60), por la que se pretende que la fecha de nacimiento del actor sea 20 de diciembre de 1942, cuando a su entender lo correcto sería el de validar la del 20 de diciembre de 1947