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Que así analizados los antecedentes del proceso, se establece que corresponde resolver conforme establecen los arts. 271 inc. 2) y 273 del Cód. Pdto. Civ., por mandato remisivo del art. 252 del Cód. Proc. Trab
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- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
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- Min. Beatriz Sandoval de Capobianco
- ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
