Auto Supremo AS/0008/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0008/2012

Fecha: 30-Ene-2012

Señala que las normas legales precedentemente invocadas, guardan estrecha coherencia con lo dispuesto por el

Señala que las normas legales precedentemente invocadas, guardan estrecha coherencia con lo dispuesto por el art. 369 del CPP, que determina que la suspensión condicional de la pena y el perdón judicial no comprenden la responsabilidad civil que deberá ser siempre satisfecha, en caso de no hacerlo, la misma debe efectivizarse sobre el patrimonio del responsable mediante el procedimiento que establece la ley