Auto Supremo AS/0267/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0267/2012

Fecha: 18-Oct-2012

Que, al haber conocido en forma previa el Juez 6° de Partido en lo Civil


Que, al haber conocido en forma previa el Juez 6° de Partido en lo Civil y Comercial las medidas preliminares de este proceso, tomó prevención en el proceso que tratamos, así lo reconoció el Juez 10º de Partido en lo Civil y Comercial mediante auto motivado, pues habría incurrido en nulidad prevista por el artículo 30 de la Ley de Organización Judicial, que previene: "Son nulos los actos de los que usurparen funciones que no les competen, así como los actos de los que ejerzan jurisdicción y potestad que no emana de la ley". Y que, Tribunal de alzada al validar un acto nulo mediante principios conforme se sustenta el Auto de Vista de fecha 16 de diciembre de 2009, es contraria al orden público e ilegal