Auto Supremo AS/0271/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0271/2012

Fecha: 26-Oct-2012

Refiere que el Tribunal de alzada no obró con coherencia ni unicidad en sus resoluciones

Refiere que el Tribunal de alzada no obró con coherencia ni unicidad en sus resoluciones en hechos análogos, al tener valoraciones diferentes sin brindar seguridad jurídica, ya que de forma arbitraria en casos similares dió diferentes concepciones y apreciaciones jurídicas. El recurrente señala que este alegato se basa en el Auto de Vista 29/2012, emitido en otro proceso proseguido por el delito de Violación, en el que los Vocales que suscribieron el Auto de Vista ahora recurrido, concluyeron que el medio idóneo para acreditar el vínculo de afinidad es el certificado de matrimonio, lo que significa siguiendo la lógica que no se podría dar por probada la relación del acusado como maestro de la supuesta víctima sólo con declaraciones testificales, sino que debe ser evidenciada documentalmente a través de la certificación de la instancia legalmente facultada. Resultando en el caso presente que, el Tribunal de alzada no expresó ni fundó cual el medio o prueba idónea por el que dio por probada la relación de maestro conforme el art. 310 inc. 4) del CP, sólo se limitó a dar por cierto este hecho en base a alegaciones y determinó una agravante del delito, sin motivar jurídicamente ni fundar cuáles los elementos probatorios para su Resolución