Auto Supremo AS/0274/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0274/2012

Fecha: 19-Oct-2012

Con responsabilidad y multa que se fija en la suma de Bs


POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por la disposición transitoria octava, artículo 42 - I - 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial de 24 de junio del 2010, así como del parágrafo II del artículo 8 de la Ley 212 de Transición del Órgano Judicial, ANULA obrados, hasta fojas 115 inclusive, es decir, hasta el estado que el juez a quo previo decreto de autos, proceda a pronunciar nueva sentencia que guarde el principio de congruencia previsto por el artículo 190 del Código de Procedimiento Civil.

Con responsabilidad y multa que se fija en la suma de Bs. 200.- para el Juez a quo, y Bs. 200.- para cada uno de los Vocales que suscribieron el auto de vista impugnado, que les serán descontados por planilla