Auto Supremo AS/0276/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2012

Fecha: 19-Oct-2012

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Primero de Trabajo y

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA
AUTO SUPREMO Nº 276/2012

EXPEDIENTE: S.648/2008

PARTES:Dionicia Baldiviezo c/ Chicharronería "Doña Matty"

PROCESO: Beneficios Sociales

DISTRITO: Chuquisaca

VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fojas 66 a 68, interpuesto por Hortencia Edith Terán Alba en representación de Dionicia Baldiviezo, en mérito al Testimonio de Poder Nº 341/08, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública Nº 1 del Distrito Judicial de Chuquisaca, a cargo de B. Susana Romay Romero, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales seguido por la recurrente contra Chicharronería "Doña Matty", los antecedentes del proceso y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Chuquisaca, emitió la Sentencia Nº 33/2008 de 15 de agosto de 2008 (fojas 44 a 45 y vuelta), declarando probada en parte la demanda de fojas 4 a 6, sin costas, e improbada la excepción perentoria de cosa juzgada de fojas 14 a 15, sin costas, debiendo en consecuencia la demandada, cancelar a favor de Dionicia Baldiviezo, la suma de Bs.3.600,- de acuerdo con el siguiente detalle:

Tiempo de trabajo: 3 años

Sueldo promedio indemnizable: Bs. 600,00

Indemnización: Bs. 1.800,00

Desahucio: Bs. 1.800,00

TOTAL Bs. 3.600,00

Asimismo dispone que esta suma deberá ser cancelada dentro de tercero día bajo conminatoria de apremio, más lo señalado en el Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006