Que, resuelta la excepción de incompetencia por Auto de 24 de junio 2011 en atención
Que, resuelta la excepción de incompetencia por Auto de 24 de junio 2011 en atención al Auto Supremo Nº 245/2010, dicha excepción fue declarada probada disponiendo se anule obrados hasta el decreto de admisión de la demanda y su remisión de antecedentes al Juez Agrario de Cochabamba. En conocimiento de la determinación el demandante nuevamente interpuso recurso de apelación, mismo que una vez remitido ante la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia, mediante Auto de Vista Nº 160/2012 de 22 de junio 2012 anuló el Auto recurrido disponiendo que el A quo emita nueva Resolución debidamente fundamentada y de manera motivada
- Partes: Sixto Coca López c/ Lucas Corrales Balderrama y Elsa Zurita de Corrales
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Que, resuelta la excepción de incompetencia por Auto de 24 de junio 2011 en atención
- Que, Lucas Corrales Valderrama y Elsa Zurita de Corrales, interpusieron recurso de casación en la
- En la forma
- En el fondo
- Señala también que el Ad quem ha incurrido en exceso de poder al no guardar
- Por lo anterior solicitan al Tribunal Supremo que: Anule el Auto de Vista recurrido disponiendo
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Es así que cuando el recurso de casación se interpone en el fondo, esto por
- Que, con relación al recurso de casación en la forma y respecto a lo afirmado
- Que, el art
- Por lo anterior expuesto, este Tribunal no evidencia que el Ad quem hubiera incurrido en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran
