Auto Supremo AS/0304/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0304/2012

Fecha: 23-Nov-2012

Establecido el ámbito de análisis en el Auto de Admisión del presente recurso, se ingresa

III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN CON LOS PRECEDENTES INVOCADOS EN EL RECURSO
Establecido el ámbito de análisis en el Auto de Admisión del presente recurso, se ingresa a resolver la problemática planteada en los siguientes términos:
III.1. Respecto a la denuncia de infracción del art. 408 del CPP
El recurrente a tiempo de denunciar que el Tribunal de alzada incurrió en infracción de las normas contenidas en el art. 408 del CPP, bajo el argumento de que los recursos de apelación restringida interpuestos por la parte acusadora carecían de formalismos procesales, cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 526 de 4 de octubre de 2004, el cual resulta inexistente, previa búsqueda en los distintos sistemas de registro, impidiendo a este Tribunal efectuar la labor de contraste a fin de establecer si existe o no contradicción en los términos previstos por el art. 416 del CPP, razón por la cual esta imposibilidad material atribuible a un error en la invocación del precedente imputable al propio recurrente, determina que este motivo devenga en infundado