DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION:
Que, la recurrente plantea recurso de casación en la forma y en el fondo, respecto a la forma hace referencia al Art 254 num.4) del Código de Procedimiento civil, manifestando que tanto la Sentencia como el Auto de Vista han otorgado más de lo pedido por el demandante, porque se han pronunciado sobre aspectos que no han sido demandados como es la desocupación y entrega de inmueble toda vez que el demandante modifico su demanda y en el Auto de relación procesal no se consideró ni fijó como punto de hecho a probar la desocupación y entrega de inmueble, por lo que han violado el Art 194 del código de Procedimiento civil, referente a que la Sentencia pondrá fin al litigio y recaerá sobre las cosas litigadas en la manera en que hubieren sido demandadas. Indica también que bajo el Principio de Jura Novit Curia, que significa que el derecho conoce el Juez, y permite a los juzgadores la aplicación de la norma correspondiente, el Juez ha incurrido en fallo ultra petita, otorgando pretensiones que no estaban planteadas en la demanda
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION:
Que, la recurrente plantea recurso de casación en la forma y en el fondo, respecto a la forma hace referencia al Art 254 num.4) del Código de Procedimiento civil, manifestando que tanto la Sentencia como el Auto de Vista han otorgado más de lo pedido por el demandante, porque se han pronunciado sobre aspectos que no han sido demandados como es la desocupación y entrega de inmueble toda vez que el demandante modifico su demanda y en el Auto de relación procesal no se consideró ni fijó como punto de hecho a probar la desocupación y entrega de inmueble, por lo que han violado el Art 194 del código de Procedimiento civil, referente a que la Sentencia pondrá fin al litigio y recaerá sobre las cosas litigadas en la manera en que hubieren sido demandadas. Indica también que bajo el Principio de Jura Novit Curia, que significa que el derecho conoce el Juez, y permite a los juzgadores la aplicación de la norma correspondiente, el Juez ha incurrido en fallo ultra petita, otorgando pretensiones que no estaban planteadas en la demanda
- Proceso: Resolución de contrato, pago de daños y perjuicios
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- El Juez Quinto de Partido en lo Civil de la capital, declara parcialmente probada la
- Deducida la apelación la Sala civil Segunda del Tribunal Departamental de justicia de Santa Cruz
- Contra el Auto de Vista 70/2012, la recurrente Miriam Loras Ortiz plantea recurso de casación
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION
- Manifiesta que el Auto de vista recurrido no se ha pronunciado sobre los agravios expuestos
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION
- Ahora bien al tratar sobre las nulidades procesales debemos tener en cuenta que no se
- En ese sentido es preciso distinguir las formas esenciales de las meras formalidades, a las
- Respecto al recurso de casación en el fondo la recurrente plantea el recurso al amparo
- En ese marco del análisis de la cláusula 7
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda Rita Susana Nava Durán
