Auto Supremo AS/0402/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0402/2012

Fecha: 01-Nov-2012

El Juez Quinto de Partido en lo Civil de la capital, declara parcialmente probada la

Contestada la demanda por la demandante, opone excepción de incompetencia, la misma que resuelta es declarada improbada. De igual manera contesta a la demanda indicando que el incumplimiento del contrato se da por parte del vendedor, quien vendió el inmueble en su totalidad cuando solo es propietario del 50%, en atención a que el bien inmueble es ganancialicio, razón por la cual reconviene por el cumplimiento del otro 50% del inmueble, a efecto de que su persona pueda cancelar el saldo restante.
El Juez Quinto de Partido en lo Civil de la capital, declara parcialmente probada la demanda, declarándose resuelto el contrato relativo a la transferencia del bien inmueble con reserva de propiedad, sin lugar al pago de daños y perjuicios, por no existir en el contrato y por no haber sido demostrado en el proceso, debiendo el demandante realizar la devolución de la totalidad de los recursos percibidos para que le sea restituido su bien inmueble. Se declara improbada la reconvención