Regístrese, comuníquese y devuélvase
Por las razones expuestas este Tribunal encuentra que son fundados el agravio expuesto en el recurso de casación en el fondo razón por la cual falla en la forma prevista en el art. 271 num. 2) respecto del recurso de casación en la forma y 271num. 4) del mismo cuerpo legal respecto del recurso de casación en el fondo
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42 numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial de fecha 24 de junio de 2010, y en aplicación de los artículos 271 numeral 2) declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y 271 numeral 4) ambos del Código de Procedimiento Civil, CASA parcialmente el Auto de Vista Nro 70/2012 recurrido deliberando en el fondo determina la no cancelación de daños y perjuicios establecidos en el contrato de transferencia de inmueble con reserva de derecho propietario, con relación al recurso de casación en el fondo y forma interpuesto por Miriam Loras Ortiz. Con costas
Se regula el honorario del abogado en la suma de Bs. 700
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42 numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial de fecha 24 de junio de 2010, y en aplicación de los artículos 271 numeral 2) declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y 271 numeral 4) ambos del Código de Procedimiento Civil, CASA parcialmente el Auto de Vista Nro 70/2012 recurrido deliberando en el fondo determina la no cancelación de daños y perjuicios establecidos en el contrato de transferencia de inmueble con reserva de derecho propietario, con relación al recurso de casación en el fondo y forma interpuesto por Miriam Loras Ortiz. Con costas
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- El Juez Quinto de Partido en lo Civil de la capital, declara parcialmente probada la
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- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION
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- Ahora bien al tratar sobre las nulidades procesales debemos tener en cuenta que no se
- En ese sentido es preciso distinguir las formas esenciales de las meras formalidades, a las
- Respecto al recurso de casación en el fondo la recurrente plantea el recurso al amparo
- En ese marco del análisis de la cláusula 7
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
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