Auto Supremo AS/0406/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0406/2012

Fecha: 01-Nov-2012

Por las razones expuestas solicitó se case la resolución recurrida y deliberando en el fondo

Señaló que la sentencia fundamentó que no se demostró la existencia de donde emergen los daños o perjuicios que se demandan mutuamente, empero concluyó condenando al pago de lucro cesante y daño emergente, lo que determinaría no la contradicción del fallo de primera instancia, error que el Tribunal de alzada trató de minimizar
Finalmente indicó que el contrato de venta es concensual, de tal forma que la venta realizada a través del contrato cursante de fs. 1 a 3 está perfeccionada y a partir de sus suscripción la entidad compradora pasó a ser propietaria del 15% de la cosa vendida , por su parte la compradora no cumplió con el pago del precio acordado, más propiamente del saldo de $us. 1.700.000, con destino a pagar a su acreedores lo términos y condiciones, incluyendo el cargo que asumieron contractualmente referido a los costos financieros.
Por las razones expuestas solicitó se case la resolución recurrida y deliberando en el fondo se declare probada la demanda reconvencional con costas y haber lugar al resarcimiento de daño y perjuicios