Auto Supremo AS/0436/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0436/2012

Fecha: 15-Nov-2012

Asimismo, señaló que el actor abandonó su trabajo incurriendo en la causal de despido establecida

Asimismo, señaló que el actor abandonó su trabajo incurriendo en la causal de despido establecida en el artículo 16. d) de la Ley General del Trabajo, no obstante la a quo estableció que fue despedido el 26 de octubre de 2009, habiendo interpretando indebidamente el Tribunal ad quem las citaciones de fs. 7-8 y la confesión hecha por el actor en su demanda al señalar que fue despedido el 26 de noviembre de 2009, confesión que relevaba de toda prueba, estableciendo en forma parcializada que no se mencionaron los agravios previstos en los artículos 219 y 227 del Código de Procedimiento Civil y que es un error atribuible al inspector de trabajo el indicar que el despido ocurrió en fecha 26 de noviembre de 2009, por ello, el Tribunal ad quem al confirmar la sentencia, agravió los artículos 1321 del Código Civil, 66, 150, 151, 152, 154, 157, 159, 161, 166, 167, 168, 169, 182 del Código Procesal del Trabajo, 331, 378, 381 del Código de Procedimiento Civil y 16. d) de la Ley General del Trabajo, por haber efectuado una interpretación contraria de estas normas legales vigentes