Es en ese sentido, que conforme a lo resuelto por el Juez a quo y
Es en ese sentido, que conforme a lo resuelto por el Juez a quo y confirmado por el Tribunal ad quem, en base a la compulsa de las pruebas aportadas en el proceso, la contratación de la ahora demandante, se efectuó con el objeto de que preste sus servicios como Gerente Regional en la ciudad de Oruro, siendo dicha ciudad la sede de sus funciones, y pese a lo determinado en la cláusula quinta de su contrato, las atribuciones del empleador para su movimiento a otras ciudades del país se sujeta a periodos eventuales
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso por pago de beneficios sociales, habiéndose interpuesto por la
- Interpuesto el recurso de apelación por la empresa demandada (fs
- Dicha resolución motivó que la parte demandada formule recurso de casación en el fondo (fs
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los
- Por su parte, el artículo 43
- En la especie, la actora eligió para interponer su demanda, conforme la normativa le faculta,
- Es en ese sentido, que conforme a lo resuelto por el Juez a quo y
- Ahora bien, en cuanto al reclamo de la empresa recurrente sobre la interpretación que debió
- Sin embargo, solo en el caso de que dicha eventualidad se haya constituido en un
- En consecuencia, por los fundamentos expuestos corresponde resolver el recurso conforme a la previsión de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- No se regula honorario del abogado, al haber contestado al recurso de casación extemporáneamente
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
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